El Juzgado de lo Social número 3 de Albacete ha declarado vulnerado el derecho fundamental a la integridad física de los agentes de la Policía Local de la ciudad al incumplir el deber de vigilancia a la salud “habiendo generado un riesgo grave y cierto para la salud de los policías locales actuantes” durante el brote de la COVID-19 y protestas en el asentamiento de los temporeros de la carretera de las Peñas.
El Sindicato de la Policía Local de Castilla-La Mancha ha informado a través de un comunicado que la denuncia se produjo el pasado verano tras producirse una serie de disturbios con los temporeros el día 19 de julio en el asentamiento de la carretera de las Peñas, reproducidos el 05 de agosto, en las instalaciones del IFAB donde estaban confinados guardando cuarentena al detectarse un brote de la COVID-19 entre ellos, y donde a los agentes de Policía Local intervinientes en el primero de los incidentes “no se les llegó a realizar la PCR ni fueron aislados, y a los agentes actuantes en el segundo de los altercados, si bien se les realizó una PCR días después, tampoco fueron aislados hasta pasados unos días, y no todos ellos, ya que algunos ni siquiera les comunicaron si habían sido considerados o no, contactos estrechos, como quedó probado durante el juicio”.
Medidas preventivas
La sentencia recoge que las medidas preventivas las tenía que tomar el Ayuntamiento respecto a sus trabajadores, en cuanto a la investigación y seguimiento de contactos estrechos, en lugar de derivar la responsabilidad a Sanidad, circunstancia que Sanidad comunicó al Ayuntamiento mediante escrito del 29 de julio, documento que “el Ayuntamiento decidió ocultar inicialmente para seguir sin tomar las medidas preventivas, cuestión que nos parece muy grave”, denuncian desde el sindicato.
También en la sentencia judicial reconoce, como denunció en su día el Sindicato, que hubo una insuficiencia de los medios de protección, al quedar acreditado que las mascarillas suministradas a los agentes (MEI SHU HU) eran defectuosas, y estaban en la Red de Alertas de la Comunidad Europea y de la propia Junta de Castilla-La Mancha, y con ello “se puso en riesgo la salud y la vida de los agentes de policía local que estaban en primera línea al carecer de los medios de protección adecuados”.
El SPL-CLM califica de “inaceptable” que una vez detectado, en lugar de corregirlo de forma inmediata como se solicitó por los Delegados de Prevención, por parte de la Jefatura de la Policía Local y el Ayuntamiento, “se intentó ocultar y manipular la información, manifestando en los medios de comunicación que las mascarillas estaban homologadas”.
Por otra parte, la sentencia judicial entiende que el Sindicato no es el que ha sufrido el daño moral o perjuicio, por lo que no otorga la indemnización solicitada. En este punto, desde el Sindicato se ha puesto a disposición de los agentes los Servicios Jurídicos del Sindicato, por si quieren ejercer individualmente la reclamación de los daños y perjuicios por la que la sentencia reconoce.
El sindicato ya destacó en su momento, que “pese al trato indignante recibido por parte del Ayuntamiento en este asunto, los miembros del cuerpo de la Policía Local, de nuevo dieron una respuesta ejemplar, incluso algunos de ellos adelantaron sus horarios de entrada para reforzar el servicio, y se pusieron a disposición de los vecinos y vecinas de Albacete”.
A la vista de la resolución judicial, “esperamos que se asuman las responsabilidades políticas por parte de quienes, en aquellos difíciles momentos, dejaron abandonados a los agentes policiales, concretamente la Jefatura de Policía Local, el Concejal de Seguridad y Vicealcalde, así como directamente el Alcalde y su Concejala Delegada en Prevención de Riesgos Laborales, que además sigue en el ejercicio como Inspectora de Trabajo y Seguridad Social”, concluyen desde el sindicato.








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