Otra ley Cospedal sobre medio ambiente anulada por el Tribunal Supremo. La ley permitía la transformación de viñedos tradicionales a producciones en espaldera sobre zonas de especial protección avícola, ZEPA
La SAO, Sociedad Albaceteña de Ornitología, ha informado de que el 3 de diciembre de 2015 el Tribunal Supremo confirmaba la nulidad del art. 15.7 de la Orden de 2012 que regula el Potencial Vitícola en Castilla La Mancha, el cual permitía las transformaciones de viña en vaso a espalderas y nuevas plantaciones en espaldera en zona ZEPA , Zona de Especial Protección para las Aves de carácter Estepario, sin sometimiento previo a Evaluación de Impacto Ambiental, vulnerando así la legislación Autonómica en esta materia. Con la aplicación de un condicionado referido al marco de plantación, distancias entre filas o altura de los alambres, se pretendía evitar el trámite preceptivo de evaluación ambiental inherente a los proyectos a realizar en Espacios Naturales Protegidos incluidos en La Red Natura 2000. Así lo ha explicado un comunicado remitido por la propia asociación de ornitólogos y firmado por Julia Giménez. Esta anulación legal afecta a unas 25.757 hectáreas en Albacete.

Extracto del informe de la Universidad de Castilla-La Mancha con las zonas afectadas por este estudio. Año 2010
La Consejería de Agricultura se saltaba su propia legislación ambiental, favoreciendo unas actuaciones incongruentes e incompatibles con lo establecido en las Directiva Europea relativa a la conservación de las aves silvestres, en la cual la preservación, el mantenimiento o el restablecimiento de una diversidad y de una superficie suficiente de hábitats son indispensables para la conservación de todas las especies de aves, debiendo asegurar la protección eficaz de todas las aves que viven en estado silvestre, mediante la protección, conservación, restauración y creación de los hábitats necesarios para que sus poblaciones puedan persistir a lo largo del tiempo. Las Zonas de Especial Conservación para las Aves, reguladas al amparo de las Directivas Europeas, son catalogadas por los estados miembros de la Unión Europea como zonas naturales de singular relevancia para la conservación de la avifauna amenazada de extinción.
Sobradamente conocido por la Consejería de Agricultura es el grave impacto ambiental que provocan estas estructuras de alambre y postes de acero sobre las aves esteparias, en especial en aves de gran tamaño como la avutarda, detrayendo hábitat natural específico para estas especies. La espaldera está compuesta por numerosas filas de postes de acero, unidos por varias hileras de alambres dispuestos en varias alturas. Estas estructuras son rechazadas por las aves esteparias, y sobre todo por la avutarda, un ave de gran tamaño, de vuelo lento y pesado que es incapaz de sortearlas.
El estudio encargado por esta Consejería a la Universidad de Castilla La Mancha, para que sirviera de fundamento a la aplicación de este artículo, pone de manifiesto la incompatibilidad entre un viñedo en espaldera y el mantenimiento del hábitat de las aves esteparias en un buen estado de conservación, debido a que el diseño y desarrollo de la vegetación en una forma de conducción elevada, convierte al conjunto en una zona que es evitada por estas aves, ya que limitan la visibilidad y suponen un cierto riesgo de colisión en vuelo rasante o al tomar tierra o al emprender el vuelo. La SAO va a solicitar, en el mismo comunicado de Julia Giménez, a través del Juzgado, la superficie de viña que se ha transformado en espaldera, desde la entrada en vigor del artículo ahora anulado, dentro de las ZEPAs de aves esteparias ya que hasta ahora la Consejería nos ha negado dicha información. Y solicitaremos la nulidad de las autorizaciones otorgadas al amparo de este artículo. Lo ideal sería reparar el daño causado, que de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Medioambiental, hay que valorarlo, identificar las medidas para reparar el daño, que podría ser, eliminar el agente que está causando este daño, es lo que hay que estudiar detenidamente.

Extracto de la Informe de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCL; 2010) sobre el el impacto de estos camios. Hectáreas afectadas totales.
Según ha explicado en este documento, la SAO no está en contra de estas instalaciones para el cultivo de la viña, pero en las zonas donde su impacto es tan severo, no se deben colocar.
Consideramos que es perfectamente viable compatibilizar la agricultura con la conservación de los Recursos Naturales, para ello los agricultores deben exigir ayudas que compensen las especiales dificultades o disminución de las rentabilidad de sus explotaciones por estar ubicadas en ZEPAs, como consecuencia de la aplicación de la Directiva Aves y la Directiva Hábitats. Y pueden acogerse a las ayudas europeas para la aplicación de medidas agroambientales para el Desarrollo Rural, como subvenciones a agrosistemas extensivos en secano y a la integración medioambiental del cultivo del viñedo de secano.